viernes, 26 de febrero de 2010

España aprobó la ‘nueva’ Ley de Aborto.

ESPAÑA.- El proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) del Ejecutivo salió adelante con 132 votos a favor, 126 en contra y una abstención.

Al superar el trámite en ésta cámara sin modificaciones, la ley no tendrá que regresar al Congreso de Diputados, y entrará en vigor cuatro meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La novedad de la norma, también llamada “ley de plazos”, es que permite el aborto libre en las 14 primeras semanas de gestación y hasta la número 22, en caso de riesgo de vida o salud de la mujer o graves anomalías del feto.

Pasado este plazo sólo se autoriza el aborto en caso de problemas en el feto que “sean compatibles con la vida” –diagnosticadas por un médico- o cuando se detecte “una enfermedad extremadamente grave e incurable” y así lo confirme un comité clínico”.

El punto más polémico, y que supuso el mayor escollo para alcanzar un consenso, fue el referido al aborto de menores de 16 y 17 años.

En este punto, finalmente, la ley establece que las menores de esas edades podrán abortar pero deberán informar su deseo a uno de sus padres o tutores legales, salvo si alegan “fundadamente” que esto les provocará “un conflicto grave manifestado o peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo”.

En cuanto a la “objeción de conciencia”, otro asunto controvertido, el texto establece que “los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho” a ejercerla, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas”.

Se trata de una “decisión individual” que debe “manifestare anticipadamente y por escrito”, precisa la ley.
Fuente: Amén-Amén! Noticias